Por Armando Tezucún

El 27 de junio el Ministerio del Trabajo publicó en el diario oficial el Acuerdo Gubernativo 89-2019, que aprueba el reglamento para la aplicación del Convenio 175 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), Convenio Sobre el Trabajo a Tiempo Parcial. Este convenio, adoptado por la OIT en 1994, se propone dar protección a las y los trabajadores “…cuya actividad laboral tienen una duración normal inferior a la de los trabajadores a tiempo completo en situación comparable” (http://apw.cancilleria.gov.co/tratados/AdjuntosTratados/c8162_OIT-C175-PARCIAL.pdf).

El convenio dice: “Deberán adoptarse medidas para asegurar que los trabajadores a tiempo parcial reciban la misma protección de que gozan los trabajadores a tiempo completo en situación comparable en lo relativo: a) al derecho de sindicación, al derecho de negociación colectiva y al derecho de actuar en calidad de representantes de los trabajadores; h) a la seguridad y la salud en el trabajo; c) a la discriminación en materia de empleo y ocupación.” (Idem). Es decir, el 175 fue pensado para dar protección social y garantizar los derechos aquellos trabajadores asalariados que por alguna razón no laboran en la jornada de ocho horas de ley.

El Congreso de la República aprobó el convenio en enero de 2017, y según el acuerdo 89-2019, el reglamento entró en vigencia el recién pasado 5 de julio. Con esto se está legalizando una situación que data desde hace años en las empresas guatemaltecas, y los avorazados capitalistas no ven tanto el aspecto de la seguridad social, sino que no caben de gozo porque en adelante podrán crear una enorme cantidad de empleos precarios, contratando mano de obra por horas, con salarios por debajo del mínimo, algo que no está en el espíritu del convenio.

Como escribió jubiloso el empresario Salvador Paiz en un artículo de opinión: “¡Finalmente logramos el trabajo a tiempo parcial!” (El Periódico 4/07/10), lo que significa que por fin se cumplió la panacea de los explotadores empresarios, la flexibilización laboral para poder contratar a mansalva a trabajadores sin las restricciones de jornadas obligatorias y salarios mínimos obligatorios, maximizando sus ganancias.

Los representantes de las cámaras empresariales rivalizan en calcular cuántos nuevos empleos se crearán: 153  mil en cuatro años, 400 mil en cuatro años en el sector textil, 100 mil en el primer año en el sector industrial, 65 mil en call center y software, afirmando que Guatemala se convertirá en país más competitivo de la región, lo que quiere decir que podrán vender más barato bajando los costos de mano de obra.

Los sectores de actividad económica que se beneficiarán con el convenio son Vestuario y Textil, banca, industria, call centers, tecnología y restaurantes. Los representantes de los capitalistas manipulan el 175 argumentando que beneficiará a amas de casa, estudiantes y otros sectores de mano de obra que necesitan ingresos mientras dedican parte de su tiempo a otros menesteres, y tanto el ministro de trabajo como los empresarios recurren cínicamente al argumento de que es un tratado de derechos humanos (Prensa Libre 28/06/19).

Ciertamente el reglamento establece que los trabajadores a tiempo parcial recibirán el sueldo proporcional tomando como referencia el salario mínimo vigente, Q 11.27 y Q 10.30 por hora, según las dos categorías existentes; y todas las prestaciones y provisiones (aguinaldo, bono 14, vacaciones, pasivo laboral, etc.) se calcularán igualmente de forma proporcional. El problema es que en adelante los empresarios crearán empleos de acuerdo a sus propias necesidades, según el flujo de clientes o las temporadas de ventas, sin importarles que sus trabajadores tengan sueldos bajísimos e incluso temporadas en que no tendrán empleo. Y no cabe duda que muchos de los puestos actuales de jornada completa serán trasladados forzadamente a tiempo parcial, incluso despidiendo a los trabajadores para contratar a otros bajo esa modalidad. El resultado será desastroso, pues proliferarán los empleos con salarios de Q 800, Q 1,300, Q 1,800, por debajo de mínimo, el cual de por sí ya no alcanza para cubrir los gastos de una familia típica, sin mencionar la reducción de las prestaciones y la jubilación.

Las dos coordinadoras sindicales más grandes de Guatemala (Autónomos y Globales), han anunciado que plantearán acciones de inconstitucionalidad contra el reglamento del 175, pues contradice disposiciones constitucionales que garantizan el sueldo completo para quienes trabajan menos de las 44 horas semanales. Respaldamos las medidas de los compañeros sindicalistas, y planteamos además que se tomen acciones en las calles y los centros de trabajo mediante manifestaciones y paros parciales para defender el trabajo y salario dignos.