El trabajo a tiempo parcial siempre ha existido en Guatemala como en cualquier país y por el abuso que sufrieron esa capa de trabajadores la OIT aprobó el convenio 175 para PROTEGER LOS DERECHOS DE LOS TRABAJADORES QUE TRABAJEN A TIEMPO PARCIAL. El convenio 175 de la OIT NO se diseñó para generar empleo. Lo que se busca es MANIPULAR ese convenio por la parte patronal en contubernio y connivencia con el gobierno, se observa que el financiamiento de la campaña al partido oficial FCN y a otros diputados al Congreso de la Republica dieron sus frutos.

En Guatemala en el sector de educación privada - los maestros - son quienes trabajan, en su mayoría, a tiempo parcial, trabajan entre 4 y 5 horas diarias. Los Médicos especialistas, trabajan, en las entidades públicas de salud, con contratos de 4 y 6 horas. Grandes grupos de abogados, también en el sector público trabajan “medio tiempo”, pero especialmente a los trabajadores agrícolas, a quienes los empresarios NO LES PAGAN NI EL SALARIO MINIMO, MUCHO MENOS CUMPLIR CON LOS DERECHOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL, por lo que, se legaliza lo ilegal.

El objetivo de la imposición del reglamento 89-2019, tan anti técnico, es EVADIR lo que establece el tercer párrafo del inciso g del artículo 102 de la Constitución Política de la República. “Quienes por disposición de la ley, por costumbre o por acuerdo con los empleadores laboren menos de cuarenta y cuatro horas semanales en jornada diurna, treinta y seis en jornada nocturna o cuarenta y dos en jornada mixta, tendrán derecho a percibir integro el salario semanal ”.

Con esta normativa lo que busca EL EMPRESARIADO ORGANIZADO es reducir el salario y pagarle entre Q 800.00 a Q 1,300.00 al mes a los trabajadores y trabajadoras. Ya se imaginan que si el salario mínimo actual no alcanza NI PARA COMER, mucho menos alcanzará medio salario o un cuarto de salario mínimo. Y EL PAGO DEL SEPTIMO???

Serán las mujeres - en el magisterio privado - y en otras actividades económicas como el comercio, las más afectadas, como los trabajadores – hombres y mujeres - cercanos a los 60 años de edad.

Todos los trabajadores que laboran a tiempo parcial en el sector público o en otras empresas privadas NO ganan menos que el salario mínimo, vigente, porque están sindicalmente organizados.

Se observará, entre otros, los abusos siguientes: Traslado FORCIVOLUNTARIO de trabajo de tiempo completo a trabajo parcial, lo que significará para el trabajador reducir el cálculo para jubilarse en el IGSS, así como para recibir la atención en salud y para el cálculo de la indemnización. Ejemplo: Si trabajó 15 años ganando salario mínimo Q 2,400.00 al mes y forcivoluntariamente lo trasladan a tiempo parcial ganando Q 1,400.00, pues la indemnización será sobre Q 1,400.00 y el cálculo de los últimos 5 años para jubilarse cae estrepitosamente.

¿¿USTED CREE QUE EN ESTE PAIS TAN POBRE Y CON TANTAS LIMITACIONES SOCIALESLABORALES, CON ESTE TIPO DE LEYES, NUESTROS COMPATRIOTAS DEJARAN DE MIGRAR EN LAS PEORES CONDICIONES??….JUZGUEN…!!!!

Es todo un sistema ideado para favorecer a los patronos, por ello, sus organizaciones lo celebran “como una verdadera conquista laboral” lo que está bien alejado de la realidad.

Por supuesto las bases sindicales están bien claras NO A LA PRECARIZACION DEL TRABAJO,….!!!

……..SI A LA VIDA, SI AL TRABAJO DECENTE, SI AL SALARIO DIGNO…!!!!

Guatemala, julio 2019

Movimiento Sindical y Popular Autónomo Guatemalteco