Por José René Tamariz

El movimiento estudiantil universitario ha regresado a las calles después de muchos años de ausencias. Este gigante actor social, protagonista de primera línea de grandes jornadas heroicas de luchas como el combo fiscal y contra el TLC, había sido controlado, secuestrado y castrado por las dirigencias oficiales de las federaciones estudiantiles dirigidas por el partido de gobierno, el PAC en contubernio con el frente amplio (FA). Prácticamente, la desmovilización del movimiento estudiantil universitario ha sido desde el año 2014 hasta octubre de 2019, período en que ha gobernado el PAC.

Pero, este fuerte y poderoso movimiento de lucha protagonizado por el movimiento estudiantil, desde abajo, por fuera de las dirigencias oficiales y de las autoridades universitarias, reflejan un proceso de ruptura, altamente progresivo, con esas dirigencias estudiantiles progubernamentales, y a favor de las autoridades universitarias y burocráticas. Todos esos dirigentes estudiantiles oficialistas, aspiran como muchos que hoy ocupan un puesto dentro de las oficinas de casa presidencial y otras dependencias ministeriales, a escalar posiciones, por eso concilian, desmovilizan y traicionan los intereses de los estudiantes de bases. 

Origen del Conflicto

El 18 de julio de 2019 los cincos rectores de las universidades públicas (UCR, UNA, TEC, UNED y UTN) y representantes del gobierno (ministra de la educación, Guiselle Cruz; ministro de ciencia, tecnología y telecomunicaciones, Luis Salazar, y el exviceministro de Hacienda, Nogui Acosta) firmaron el “Acuerdo de la comisión de enlace para el financiamiento de la educación superior estatal (FEES) 2020”. En el capítulo I denominado “Monto del FEES y presupuesto de la universidad técnica nacional” y cláusula primera se específica que “Conforme a lo estipulado en el artículo 85 de la Constitución Política, el presupuesto del FEES en el 2020 será de ₵512.781,51 millones y para la UTN el presupuesto será de ₵35.677,88 millones; montos que corresponden al presupuesto asignado en el año 2019, tomando en consideración la inflación a mayo , que alcanza el 2,32%” y en la cláusula quinta del mismo acuerdo se señala que “Las Instituciones de Educación Superior Universitaria Estatal en su conjunto realizarán en el 2020 una inversión de capital estimada en ₵70.000 millones”. Con base a esta cláusula quinta del acuerdo sobre el fondo especial para la educación superior (FEES) la exministra de Hacienda, Rocío Aguilar, una neoliberal dura e inflexible, envío dentro del presupuesto nacional de la República a la Asamblea Legislativa como “gasto de capital” del FEES esos ₵70.000 millones y el resto ₵442.781,51 más el monto de la UTN como “gasto corriente”. Este hecho provocó el diferendo entre Hacienda, los rectores de las universidades públicas y la poderosa lucha estudiantil universitaria por el presupuesto del FEES y la defensa de la autonomía universitaria.

Sin embargo, es importante destacar que la lucha del movimiento estudiantil excede ese objetivo importante de la defensa del FEES y la autonomía universitaria, rechazan el acuerdo sobre el FEES firmado por los rectores, a espaldas de los estudiantes; demandan la salida de los rectores siendo el caso más fuerte el de la UNA, en donde se pide la salida del rector Alberto Salom, miembro del PAC. Asimismo, los estudiantes de diferentes regiones demandan una mayor atención y más presupuestos para las sedes regionales, evitar el cierre de cursos, la lucha contra el acoso sexual de parte de algunos docentes universitarios, la lucha por una mayor igualdad en los presupuestos para los rubros de becas, ya que una gran parte del dinero del FEES se consumen en los altísimos salarios de los jerarcas universitarios y un sector docente universitario, así como muchas otras reivindicaciones. 

Posibles Impactos de los Gastos de Capital Sobre el FEES

Las autoridades universitarias al conocer que se estaba presupuestando del FEES la cantidad de ₵70.000 millones a “gastos de capital” señalaron que ese desvió de fondo tendría serias repercusiones sobre el funcionamiento de las universidades públicas. Algunos rectores como el de la UNA y el TEC plantearon el cierre técnico de esas universidades, otros como el de la UCR planteo un “gran impacto en el funcionamiento” y el rector de la UNED señaló que esa universidad operaría “bajo límites en matrícula y servicios estudiantiles”. En otras palabras, ese desvío de fondos implicaría un conjunto de medidas restrictivas en todos los ámbitos del funcionamientos de esas casas de estudios.

Regla Fiscal y Autonomía Universitaria

Las disposiciones de la regla fiscal de la “Ley de fortalecimiento de las finanzas públicas”, mejor conocida como “combo fiscal”, estipula en el capítulo II artículo 9 que habrá un “Límite al crecimiento del gasto corriente, sujeto a una proporción del promedio del crecimiento del PIB nominal y a la relación de deuda del Gobierno central PIB”. Basándose en esa regla fiscal y en su cumplimiento a raja tabla, la neoliberal exministra de hacienda, Rocío Aguilar, había impuesto a las universidades un límite a su crecimiento del gasto corriente y, por tanto, de esa forma decidió, de forma unilateral, que el 13,6% (₵70.000 millones) del FEES se debía de destinar a “gasto de capital” y el resto a “gasto corriente” para según ella, cumplir con la regla fiscal.  De acuerdo con la interpretación de los rectores de las universidades públicas esa tal regla fiscal no se aplica al presupuesto de esas instituciones educativas. De ahí que tengan una consulta constitucional en la sala IV. Por otra parte, según las versiones de los rectores en esa cláusula quinta no se específica que el monto de “gasto de capital” debe salir del FEES, sino que “se pagaría a través de los presupuestos totales de los centros de estudios y no del Fondo”. En todo caso, conociendo los grandes colmillos que tiene la exministra de hacienda, Rocío Aguilar, fue un grave error de los rectores no especificar en la cláusula quinta de ese acuerdo que ese dinero no saldría del FEES sino de los presupuestos totales de las universidades.

Sin embargo, pese a ese gran error de los rectores y a la bailada que les pegó la exministra de hacienda, el articulo 85 de la Constitución Política es claro al plantear que “El Estado dotará de patrimonio propio a la Universidad de Costa Rica, al Instituto Tecnológico de Costa Rica, la Universidad Nacional y a la Universidad Estatal a Distancia y les creará rentas propias, independientemente de las originadas en estas instituciones (…) El cuerpo encargado de la coordinación de la Educación Superior Universitaria Estatal prepara un plan nacional para esta educación, tomando en cuenta los lineamientos que establezca el Plan Nacional de Desarrollo vigente. Ese plan deberá concluirse, a más tardar, el 30 de junio de los años divisibles entre cinco y cubrirá el quinquenio inmediato siguiente. En el se incluirá, tanto los egresos de operación como los gastos de inversión que se consideren necesarios para el buen desempeño de las instituciones mencionadas en este artículo…”. Aquí queda claro que, tanto los gastos de operación o gastos corrientes como los gastos de inversión o gastos de capital, serán incluidos y determinados dentro del plan nacional de educación superior por el cuerpo universitario encargado. Es decir, no pueden ser impuesto esos gastos por el ministerio de hacienda, ya que la Constitución Política está por encima de una ley ordinaria. Por tanto, esa imposición que se pretendía aplicar a las universidades públicas era a todas luces una violación a este artículo constitucional y, por ende, a la autonomía universitaria.

Acuerdo de la Comisión de Asuntos Hacendarios es Inconstitucional

Luego de gestiones, por parte de los rectores universitarios, los diputados de la comisión de asuntos hacendarios que revisan y estudian el presupuesto de la República aprobaron el día 16 de octubre reducir el monto de ₵70.000 millones consignado a “gasto de capital” a la mitad de ₵35.000 millones. No obstante, esa reducción del monto a “gasto de capital”, ella continuaba siendo una intromisión y violación a la autonomía universitaria por parte, ahora, de los neoliberales de la asamblea legislativa.

El Proceso de Lucha y la Gran Marcha Universitaria

El movimiento estudiantil universitario, después de estar ausente por varios años en el escenario de lucha, entró en plena pelea desde el miércoles 16 de octubre y hasta el momento de escribirse este artículo, 25 de octubre, se mantiene en pie de pelea. Esa lucha arranca, el miércoles 16, con la toma de la sede del Pacífico en Puntarenas y continúa como una reacción en cadena con las tomas de la Universidad Nacional, el edificio de Ciencias Sociales y de Educación, el jueves 17, continuando los siguientes días con las tomas de los edificios de la UCR en San Ramón, sede de Guanacaste, reciento de Grecia, Letras y Arquitectura. También se realizan bloqueos de calles, por parte de los estudiantes de la facultad de derecho de la UCR el jueves 17 y también en la universidad nacional, en esta última se mantenían los bloqueos hasta el miércoles 24 de octubre.

La marcha del 22 de octubre fue multitudinaria. Llegaron contingentes estudiantiles de todas las regiones de las universidades públicas: Golfito, Limón, Puntarenas, Guanacaste, San Ramón, Turrialba, Tacares, San José, San Carlos, Alajuela, Barrio Amón y otros lugares, así como trabajadores, docentes y administrativos y autoridades universitarias. Sin duda alguna, este proceso de lucha, con sus diferentes métodos aplicados, así como la gran marcha universitaria del 22 de octubre marcan el resurgir, ascenso y retorno del poderoso movimiento estudiantil universitario a la escena nacional. El despertar de este gigante y gran actor social, dormido por muchos años por la droga del PAC, y, su continuidad en la lucha contra el gobierno, así como la construcción de una nueva dirección estudiantil, puede contribuir a cambiar a todo en el país.

El Acuerdo entre los Rectores, Dirigencias Estudiantiles Oficialistas y el Gobierno

Producto del proceso de lucha del movimiento estudiantil, por fuera de las dirigencias oficialistas de las federaciones estudiantiles del PAC, y, de la gran marcha nacional del movimiento estudiantil universitario el gobierno recibe a las autoridades universitarias y direcciones estudiantiles oficialistas. El punto uno de ese acuerdo que es rescatable y constituye una victoria de la lucha movimiento estudiantil universitario, puesto que plantea que “Entendiendo los alcances de los artículos 84 y 85 de la Constitución Política en cuanto a la autonomía de las Universidades Públicas, partes aceptamos que no debe ser creada ninguna clasificación de partidas del FEES, distintas a las aprobadas por los órganos de Gobierno de las Universidades Públicas, en el marco del Plan Nacional de la Educación Superior Universitaria Estatal (PLANES), incluido el componente de gasto de capital en la transferencia del FEES”.  Este punto es un reconocimiento explicito de la autonomía universitaria en la administración del FEES. Sin embargo, no se rechaza de plano el acuerdo de la comisión de asuntos hacendarios que obliga a las universidades a destinara ₵35.000 millones a gastos de capital del FEES.  Por ende, ese acuerdo es, en cierto sentido un engaño, puesto que el poder Ejecutivo firma una cuestión distinta a lo que hace el poder Legislativo. De aquí que la continuación de la lucha del movimiento estudiantil independente es correcta y debemos apoyar, junto a todas sus reivindicaciones. De ahí que planteamos: Fuera Alberto Salom y demás rectores universitarios; mayor presupuesto a las sedes universitarias; conversión de los recintos universitarios en sedes universitarias; no al cierre de cursos en las regiones; más presupuestos a las sedes regionales; mayor presupuesto a las regiones universitarias y, síntesis, cumplimiento de todas las reivindicaciones del movimiento estudiantil universitario independiente. Fuera el PAC de las estructuras de las federaciones estudiantiles, de las rectorías y demás órganos de poder de las universidades. Hay que liberar las universidades públicas del control del PAC y, por ende, del gobierno.


Por José Rene Tamariz

La creciente y abultada deuda pública de Costa Rica, compuesta por la deuda interna y externa, se ha convertido en lo que el marxista David Harvey sostiene que "... pedir prestado es hipoteca para nuestro futuro. La deuda es una trampa para nuestro futuro. Con los préstamos estamos limitando el futuro porque tenemos que pagar nuestras deudas...". (Harvey, David: ¿Por qué “El Capital" de Marx sigue siendo importante?).

Actualmente la deuda pública asciende casi al 60% del producto interno bruto (PIB). Este creciente y gigantesco endeudamiento está conllevando a que para el año 2020 el 38% del presupuesto de la República se destine al pago del servicio de esa deuda pública. Lo anterior significa que de cada 100 colón que ingresa al fisco 40 se destina al pago de esos servicios de la deuda pública.  Es decir, solo el 62% de ese presupuesto queda para financiar todas las actividades del Estado. Esa gigantesca deuda pública ha "hipotecado" el futuro del país y de sus ciudadanos. No hay posibilidad de desarrollo con semejante deuda.

Por otro lado, eso está conllevando a las drásticas restricciones en todas las áreas del país y posiblemente a la ejecución de las medidas “extraordinarias” contempladas en la regla fiscal de la ley 9635 o combo fiscal. Según el inciso d) del artículo 11 del título IV de esa ley “Cuando la deuda al cierre del ejercicio presupuestario, anterior al año de aplicación de la regla fiscal, sea igual o mayor al sesenta por ciento (60%) del PIB, el crecimiento interanual del gasto total no sobrepasará el sesenta y cinco por ciento (65%) del PIB nominal”. De otro lado, de acuerdo con el articulo 13 “En el caso de que se apliquen las condiciones del escenario d) del artículo 11 de la presente ley, se adoptarán las siguientes medidas extraordinarias: a) No se ajustarán por ningún concepto las pensiones, excepto en lo que corresponde a costo de vid. B) El Gobierno central no suscribirá préstamos o créditos, salvo aquellos que sean un paliativo para la deuda pública o estén destinados a ser utilizados en gastos de capital. C) No se realizarán incrementos por costo de vida en el salario base, ni en los demás incentivos salariales, los cuales no podrán ser reconocidos durante la duración de la medida o de forma retroactiva, salvo para lo relacionado con el cálculo para determinar las prestaciones legales, jubilaciones y la anualidad del funcionario”. El endeudamiento público, peligrosamente se está acercando a ese escenario del inciso d) del artículo 11 de la regla fiscal. Eso podría significar que, dentro de un año o dos (21 y 22), estaríamos, casi inevitablemente, a las puertas de la aplicación de las “medidas extraordinarias” apuntadas anteriormente. Significa que no habría reajustes salariales semestrales al salario base ni se pagarían los incentivos salariales, tampoco se reconocerán posteriormente, aunque la situación llegara a “normalizarse”

Ese gran endeudamiento también representa un creciente déficit fiscal. Ambos problemas muy graves problemas, deuda pública y déficit fiscal, las clases dominantes pretenden, con sus políticas económicas, fiscales, salariales y otras, que sean los trabajadores en general y, en particular, los trabajadores del sector popular, clases medias y sectores populares, los que paguen las "hipotecas" que ellos contrajeron por su incapacidad para administrar el Estado.

Por tanto, lo que existe actualmente es una lucha de clases en curso por imponer quién o quiénes deben pagar esa grave y dolosa "hipoteca nacional". Las clases dominantes y sus políticos que contrajeron esa "hipoteca" no quieren pagarla y le están imponiendo a las clases dominadas semejante pago. Este es el centro, en el fondo y contenido, el conflicto social que atraviesa la conflictividad social. De la derrota o victoria de la lucha social y el enfrentamiento entre las clases sociales dependerá el resultado de ese conflicto. La pelea está en curso, aún no se ha definido de forma definitiva.

Por otro parte, las masivas y gigantescas deudas de los hogares costarricenses, compuesta por préstamos en colones y dólares y deudas de tarjetas de crédito, es una bomba de tiempo que puede estallar en cualquier momento. Ese gravísimo problema puede agravarse y reventar con la eventual recesión mundial que se viene. Miles de trabajadores podrían entrar en default, lo cual sería una grave crisis financiera.

El parasitismo financiero y rentista, usurero depredador, de los bancos, financieras y cooperativas, con sus altísimas comisiones, ha enriquecido de manera fácil y a manos llenas a los usureros modernos, parasitando como garrapatas sobre los salarios de los trabajadores y sectores populares, llevando prácticamente a una esclavitud de sobreendeudamiento a miles de hogares.

Tanto por la gigantesca deuda pública como por la grandísima deuda de los hogares el "futuro está ejecutado". Quiere decir que nuestro futuro está liquidado, vendido. Eso es lo que nos puede estar pasando sin darnos cuenta. La única salida para que nuestro "futuro" no sea "ejecutado" es la lucha.

Al final, los trabajadores, clases medias y sectores populares, debemos imponer, mediante la lucha y el enfrentamiento social, la solución a esos graves problemas: Que la deuda pública y el déficit fiscal los paguen los capitalistas y sus partidos políticos que la contrajeron, no los trabajadores. Que se eliminen todas las grandes exoneraciones al gran capital transnacional; que se combata con confiscación y cárcel a los evasores fiscales; que se aumente el impuesto a las ganancias de los capitalistas y moratoria del pago de la deuda pública privada y externa.

En defensa de los trabajadores del sector público

El exdiputado, pensionado y sociólogo, Ronald Solís Bolaños, escribe un artículo que apareció en el periódico “La Nación” día 14 de septiembre. Realiza un conjunto de comparaciones de los salarios, pluses y condiciones laborales entre los trabajadores del sector público y privado. El objetivo de ese artículo es desprestigiar e inducir a la eliminación de los montos de los salarios del sector público porque son, supuestamente, tres veces mayores que en el sector privado y también eliminar las condiciones laborales de los empleados públicos porque son más favorables que en el sector privado.

En primer lugar, el cuadro comparativo contiene una serie de inexactitudes y mentiras. Se sostiene que los trabajadores del sector público reciben un incremento salarial del 3% por inflación cuando no es cierto. Desde hace varios años los reajustes salariales han sido bajísimos ni siquiera llegan al 1%. El año pasado y el primer semestre de 2019 se nos dio un reajuste miserable nominal de 3750 colones semestral. En segundo lugar, es falso que en todo el sector público se otorgue una anualidad del 3.5%, ese porcentaje se otorgaba en algunas instituciones autónomas y empresas públicas no en el gobierno central que era del 1.94%. Y eso ya no existe con la ley 9635.

En tercer lugar, también es falso que en todo el sector público se otorgue una cesantía de 12 a 20 años. Eso se aplicaba en algunas instituciones autónomas y empresas del Estado, no en el gobierno central que es de 8 años. Eso cambió con la ley 9635. En cuarto lugar, es falso que todos los empleados públicos reciban de 2 a 3 aguinaldo reales: el aguinaldo en sí, el salario escolar y un mes más por el pago bisemanal. El salario escolar no es aguinaldo, ya que es menor en su monto y se les aplica todas las retenciones de ley. El pago bisemanal solo se hacía en la CCSS y con la ley 9635 eso cambia. Entonces, muchos aspectos de ese cuadro comparativo son falsedades.

Ese artículo igual que muchas sandeces que escriben plumiferos a sueldos, la jauría neoliberal y otros miserables intentan enfrentar a los trabajadores del sector público y privados. Pretenden hacer creer que los supuestos "altos" salarios de los empleados públicos son responsables de la desigualdad social. Según Solís "Los salarios del sector público han deteriorado nuestro coeficiente de Gini y aumentado la desigualdad social...". Esa argumentación es una falacia, ya quienes han deteriorado ese coeficiente, realmente, son los bajos salarios en el sector privado y sus malas condiciones laborales de sobreexplotación.

¿El salario promedio de 370 mil colones en el sector privado es muy alto? Si lo comparamos con los países centroamericanos si es alto, pero la comparación es incorrecta. El costo de vida en Costa Rica en comparación a los países centroamericanos es muy alto. Solo un ejemplo: el alquiler de cualquier cuarto ya no digamos una casita sencilla vale de 100 mil a 200 mil colones mínimos, solo ese rubro consume más del 30% de un salario mínimo. En cualquier país centroamericano con ese equivalente se alquila una buena casa. Por otra parte, es incorrecta la comparación. Si se toman todos los salarios del sector privado y público y se hacen promedios, se incluyen salarios mínimos que son muchos. Lo correcto sería comparar los salarios según profesiones semejantes. Por ejemplo, médicos privados y públicos, profesionales del sector privado y público. Un médico privado por una operación sencilla y rutinaria de apendicitis cobra un millón de colones no digamos una operación complicada. Esa comparación es errónea y mal intencionadas.

Entonces, ¿en dónde está el problema? En primer lugar, debido al alto costo de la vida los salarios del sector privado deben aumentarse de forma generalizada. Se debe homologar esos salarios hacia arriba no hacia abajo como quieren las pandillas neoliberales y sus testaferros. En segundo lugar, las diferencias salariales son inevitables. El sector público está integrado por profesionales y técnicos en su mayoría, debido a lo cual sus salarios son más altos.

¡Abajo el proyecto 21.182 que impondrá 12 horas diarias de jornada laboral!

El proyecto de ley 21.182 que reformará varios artículos del Código de Trabajo para ampliar la jornada de trabajo, llamada "jornada extraordinaria", en el sector privado de 8 horas a 12 horas diarias por 4 días y, supuestamente, descansar 3 días, constituye a todas luces un nuevo sistema de sobreexplotación laboral de miles de trabajadores.

Da risa la justificación de motivos de los 12 diputados proponentes, entre ellos, Carlos Ricardo Benavides, Yorleny León y otros, para impulsar y aprobar ese odioso proyecto, típico del siglo XIX.

Estos diputados, agentes y testaferros de los capitalistas, señalan de forma cínica que ese proyecto se promueve para que los trabajadores puedan "descansar, estudiar y capacitarse", además, según ellos, los proletarios tendrán "mayor tiempo libre para disfrutar con su familia" y así "podrán conceder una mayor proporción de su tiempo a los hijos". De acuerdo con estos diputados canallas los trabajadores saldrán ganando con esa "nueva jornada extraordinaria". Es casi una propuesta "angelical" para ellos, casi la "gloria" pero de la superexplotación. Es todo lo contrario a sus objetivos. Es un engaño total.

En realidad, esa propuesta de jornada de trabajo es la más descarada, brutal y descarnada para imponer en el sector privado de los trabajadores la más despiadada sobreexplotación laboral. Trabajar 12 horas diarias es extenuante, demoledor y dañino para la salud de cualquier trabajador, ahora si es un trabajo muy duro y pesado el daño para la salud es peor. Pero, aún falta agregar a esa amañada propuesta. Es que se deja, en apariencia, tres días "libres" a los proletarios, lo cual es falso, ya que el capataz o supervisor le van a exigir, como horas extras, el día viernes e incluso el sábado a los trabajadores, lo que conllevará a jornadas de 56 horas, 60 horas o más. Será una sobreexplotación parecida a los albores del capitalismo. Impensable en una democracia "moderna".

Los sindicatos deben oponerse con todas sus fuerzas a semejante propuesta de reforma del código de trabajo. Deben realizar una campaña masiva contra esas contrarreformas laborales. ¡NO AL PROYECTO 21.182!


Por José René Tamariz

Las clases dominantes de Costa Rica se ufanan en sostener que es una la democracia más antigua de América. Sin embargo, en los últimos años esto ha venido cambiando de forma y contenido de manera significativa.

Las bases económicas y sociales que hizo posible la existencia de la democracia costarricense como ejemplar ya no existe. El creciente endeudamiento tanto interno como externo realizado en los gobiernos de los partidos neoliberales PLN, PUSC y PAC ha comprometido seriamente el futuro del país en todas áreas, llevando a la democracia a ser una farsa y una verdadera tiranía minoritaria.

Esa gigantesca deuda pública que casi ronda el 60% del PIB ha provocado que, casi el 40% del presupuesto nacional se dedique al pago de los intereses de esa deuda, así como al creciente déficit fiscal. El país vive de a prestado lo cual lo hace, en cierto modo, tener una vida artificial. El presupuesto del 2020 solo se financiará el 56% con ingresos propios y el 48% con préstamos. Esta tragedia es debido a la política de apertura comercial y al modelo de promoción de las exportaciones que, de forma dispendiosa, otorga miles de millones en exoneraciones a gran escala al capital transnacional, así como la masiva evasión fiscal y la extensiva e intensiva corrupción del erario público. Con esos dineros no solo no habría déficit fiscal sino que tendríamos superávit.

El capitalismo depredador de las clases dominantes ha llevado al país a esta situación económica de endeudamiento, creciente déficit fiscal, desempleo masivo, informalidad gigantesca y odiosa, aumento de la delincuencia, el narcotráfico y otros graves males sociales aquejan a la mayoría de la población. Asimismo, esas políticas criminales están llevando a la desaparición de las clases medias que hizo posible la otrora ejemplar democracia tica.

La cruzada actual contra la huelga, las organizaciones sindicales y sociales y los trabajadores del sector público para despojarlos de sus ingresos medios y de sus derechos fundamentales, como la huelga, son el mejor indicador de la decadencia de lo que fue la democracia costarricense. La eventual aprobación del proyecto 21.049 constituye un punto de inflexión de la democracia. De concretarse y convertirse en ley de la República ese nefasto y antidemocrático proyecto estaríamos en presencia de una democracia de la tiranía de una minoría contra la mayoría. Sería la extensión de la tiranía de la empresa privada al conjunto de la sociedad costarricense.

La deuda pública y de los hogares: una hipoteca sobre nuestro futuro

La creciente y abultada deuda pública de Costa Rica, compuesta por la deuda interna y externa, se ha convertido en lo que el marxista David Harvey sostiene que "... pedir prestado es hipoteca para nuestro  futuro. La deuda es una trampa para nuestro futuro. Con los préstamos estamos limitando el futuro porque tenemos que pagar nuestras deudas...".  (Harvey, David: ¿Por qué "El Capital" de Marx sigue siendo importante).

Actualmente la deuda pública asciende casi al 60% del producto interno bruto (PIB). Este creciente y gigantesco endeudamiento está conllevando a que para el año 2020 el 38% del presupuesto de la República se destine al pago del servicio de esa deuda pública. Es decir, solo el 62% de ese presupuesto queda para financiar todas las actividades de el Estado. Ello está llevando a las drásticas restricciones en todas las áreas del país. Esa gigantesca deuda pública ha "hipotecado" el futuro del país y de sus ciudadanos. No hay posibilidad de desarrollo con semejante deuda.

Ese gran endeudamiento también representa un creciente déficit fiscal. Ambos graves problemas, deuda pública y déficit fiscal, las clases dominantes, con sus políticas económicas, fiscales, salariales y otras, pretenden que sean los trabajadores en general y, en particular, los trabajadores del sector popular, clases medias y sectores populares, los que paguen las "hipotecas" que ellos contrajeron por su incapacidad para administrar el Estado.

Por tanto, lo que existe actualmente es una lucha de clases en curso por imponer quién o quiénes deben pagar esa grave y dolosa "hipoteca nacional". Las clases dominantes y sus políticos que contrajeron esa "hipoteca" no quieren pagarla y le están imponiendo a las clases dominadas semejante pago. Este es el centro, en el fondo y contenido, el conflicto social que atraviesa la conflictividad social. De la derrota o victoria de la lucha social y el enfrentamiento entre las  clases sociales dependerá el resultado de ese conflicto. La pelea está en curso, aún no se ha definido de forma definitiva.

Por otro lado, las masivas y gigantescas deudas de los hogares costarricenses, compuesta por préstamos y deudas de tarjetas de crédito, es una bomba de tiempo que puede estallar en cualquier momento. Ese gravísimo problema puede agravarse y reventar con la eventual recesión mundial que se viene. Miles de trabajadores podrían entrar en default, lo cual sería una grave crisis financiera.

El parasitismo financiero y rentista, usurero depredador, de los bancos, financieras y cooperativas, con sus altísimas comisiones, ha enriquecido de manera fácil y a manos llenas a los usureros modernos, parasitando como garrapatas sobre los salarios de los trabajadores y sectores populares, llevando prácticamente a una esclavitud de sobreendeudamiento a miles de hogares.

Al final, los trabajadores, clases medias y sectores populares, debemos imponer, mediante la lucha y el enfrentamiento social, la solución a esos graves problemas: Que la deuda pública y el déficit fiscal los paguen los capitalistas y sus partidos políticos que la contrajeron, no los trabajadores. Que se eliminen todas las grandes exoneraciones al gran capital transnacional; que se combata con confiscación y cárcel a los evasores; que se aumente el impuesto a las ganancias de los capitalistas; moratoria del pago de la deuda pública privada y externa.

¡Abajo el proyecto 21.182 que impondrá 12 horas diarias de jornada laboral!

El proyecto de ley 21.182 que reformará varios artículos del Código de Trabajo para ampliar la jornada de trabajo, llamada "jornada extraordinaria", en el sector privado de 8 horas a 12 horas diarias por 4 días y, supuestamente, descansar 3 días, constituye a todas luces un nuevo sistema de sobreexplotación laboral de miles de trabajadores.

Da risa la justificación de motivos de los 12 diputados proponentes, entre ellos, Carlos Ricardo Benavides, Yorleny León y otros, para impulsar y aprobar ese odioso proyecto, típico del siglo XIX.

Estos diputados, agentes y testaferros de los capitalistas, señalan de forma cínica que ese proyecto se promueve para que los trabajadores puedan "descansar, estudiar y capacitarse", además, según ellos, los proles tendrán "mayor tiempo libre para disfrutar con su familia" y así "podrán conceder una mayor proporción de su tiempo a los hijos". De acuerdo con estos diputados canallas los trabajadores saldrán ganando con esa "nueva jornada extraordinaria". Es casi una propuesta "angelical" para ellos, casi la "gloria" pero de la superexplotacion. Es todo lo contrario a sus objetivos. Es un engaño total.

En realidad, esa propuesta de jornada de trabajo es la más descarada, brutal y descarnada para imponer en el sector privado de los trabajadores la más despiadada sobreexplotación laboral. Trabajar 12 horas diarias es extenuante, demoledor y dañino para la salud de cualquier trabajador, ahora si es un trabajo muy duro y pesado el daño para la salud es peor. Pero, aún falta agregar a esa amañada propuesta. Es que se deja, en apariencia, tres días "libres" a los proles, lo cual es falso, ya que el capataz o supervisor le van a exigir, como horas extras, el día viernes e incluso el sábado a los trabajadores, lo que conllevará a jornadas de 56 horas, 60 horas o más. Será una sobreexplotación parecida a los albores del capitalismo. Impensable en una democracia "moderna".

Los sindicatos deben oponerse con todas sus fuerzas a semejante propuesta de reforma del código de trabajo. Deben realizar una campaña masiva contra esas contrarreformas laborales. ¡NO AL PROYECTO 21.182!

El poder fantasmal de Carlos Alvarado

El presidente de la República de Costa Rica no es presidente por si mi mismo sino que es el producto de una serie de relaciones. Sin esas relaciones es un simple mortal con todas sus debilidades, falencias, sus desgracias y sus tonterías.

Carlos Alvarado, como presidente de la República, es sostenido en el poder por esas relaciones y las fuerzas policiales. Lo sostienen los empresarios nacionales y transnacionales, las cúpulas de los partidos neoliberales, los tecnócratas de los diversos ministerios e instituciones públicas, así como un puñado de gente que ha recibido alguna prebenda o favor del gobierno, en síntesis, una minoría.

Sin ese apoyo minoritario y poder policial Carlos Alvarado no resistiría unos días en el poder. Sus límites y fragilidad se hace evidente cuando tiene que huir en un carro presidencial, de forma escondida y escoltado por agentes de la DIS, de la provincia de Limón por temor a ser vapuleado por el pueblo enojado.


Por José René Tamariz

Vamos a plantear algunos conceptos básicos para comprender cómo funciona y se articula el poder de dominación, de forma concreta, en Costa Rica. El Estado, de acuerdo al marxismo, es un instrumento de dominación política de los capitalistas sobre los trabajadores y otros sectores sociales. El Estado no es neutro e imparcial, sino que es una institución que responde y resguarda los intereses de los empresarios nacionales y transnacionales. Su principal instrumento de dominio, en nuestro caso, son las fuerzas policiales, a falta de ejército, ya que sin éstas las clases dominantes no se sostendrían, frente a una protesta de envergadura, por algunos días, caería fácilmente.

El régimen es la articulación de las diferentes instituciones que utilizan las clases dominantes para gobernar y controlar a la sociedad y explotados. En Costa Rica existen algunas peculiaridades. Existe una combinación institucional para ejercer ese dominio de clase de parte de poder ejecutivo ejercido por el presidente de la República, el poder legislativo, los diputados de fracciones parlamentarias que representan a diferentes interese de clases y grupos, pero en el fondo y contenido a las clases dominantes, el poder judicial, pero dentro de éste funciona un grupo muy reducido, poderoso y temible, elevado por encima de los demás poderes, la sala constitucional o sala IV, integrada por siete personajes, exégetas de la Constitución, que emiten sentencias inapelables.

En realidad, en Costa Rica existen cuatro poderes: el ejecutivo, el legislativo, el poder judicial y la sala constitucional. En apariencia la sala IV pertenece al poder judicial, pero en lo hechos no es así, ellos siempre se abstienen de votar en corte plena, porque saben que, en última instancia, ellos siete tendrán que decidir sobre lo divino y humano.

Esta especie de suprapoder, sala constitucional integrada tan solo por siete personajes no electos por el pueblo, pueden de un solo manotazo rebajar y quitar pluses salariales y conquistas laborales de las convenciones colectivas, pueden aprobar o desaprobar reformas fiscales y así sucesivamente cualquier aspecto de la vida social, económica y política de la sociedad, pero obviamente siempre resguardando los intereses de la dominación capitalista. Algunas veces funciona como árbitro entre los poderes y entre sectores de clases y los poderes, resolviendo conflictos.

El gobierno, en este caso concreto, dirigido por Carlos Alvarado y en apariencia por el PAC, es la mezcla y contubernio de diferentes sectores capitalistas. No hay dentro de este gobierno miembros burgueses de peso, pero si existen representantes tecnócratas fieles de ellos porque han sido funcionarios bien pagados de sus empresas, negocios y academias, tales son los casos de Rocio Aguilar, Edna Camacho, Rodrigo Cubero y otros personajes menores.

El personaje más representativo,  emblemático y defensora a muerte de los capitalistas en el gobierno es Rocío Aguilar, ministra de Hacienda, una tipa fría, calculadora y siniestra contra los trabajadores del sector público que incluso acumula más poder de decisión en temas económicos que el propio Alvarado. Su poder llega a tanto que se ha atrevido a castigar al poder judicial quitándole más de dos mil millones de colones de su presupuesto para crear los juzgados anticorrupción. Eso debido a que el poder judicial, aduciendo su independencia, seguirán pagando sus pluses salariales con porcentajes y no nominales a como, supuestamente, manda el combo fiscal. Obviamente entre esos poderes de dominación de clases existen contradicciones, pero no son antagónicas, sino circunstanciales y episódicas.


Por José René Tamariz

Con la inminente aprobación en la Asamblea Legislativa del expediente 21.049 denominado de forma eufemística “Ley para brindar seguridad jurídica sobre la huelga y sus procedimientos”, el derecho fundamental a huelga quedaría prohibida y extinguida. Veamos.

1.- Prohibición de huelgas políticas de cualquier tipo. Según el artículo 371 la huelga se podría realizar solamente por dos razones “… a) La defensa y promoción de sus intereses económicos y sociales. b) La defensa de sus derechos en los conflictos jurídicos colectivos señalados en el articulo 386. Aparte de los casos tipificados en los dos incisos anteriores, no se permitirán ni serán consideradas como legales, ningún otro tipo de huelgas. Serán ilegales las huelgas políticas de cualquier índole o aquellas que no tengan conexión directa con la relación de empleo o incumplimiento laborales imputables al patrono…”.

La prohibición de las “huelgas políticas de cualquier índole”, sean huelgas políticas propiamente y contra políticas públicas, cercena y eliminan derechos políticos y libertades democráticas de los trabajadores en general. El régimen democrático burgués costarricense con la aprobación de este proyecto estaría dando un giro profundo hacia un régimen de carácter antidemocrático y autoritario peligroso.

2.- Prohibición absoluta de las huelgas en servicios esenciales. El articulo 376 extiende los llamados “servicios esenciales” a 10 amplios sectores de servicios públicos en donde la huelga, ya sea por la defensa de intereses económicos-sociales y conflictos colectivos, “… estará prohibida absolutamente” y el articulo 375 remata esa prohibición señalando que “La huelga en servicios esenciales es manifiestamente ilegal por lo que no requiere del trámite de calificación… En este caso, el patrono solicitará al juzgado de Trabajo emitir una orden dirigida a los trabajadores para que se reincorporen inmediatamente a sus labores…”.

Quedan prohibidas de forma “absoluta” las huelga en todos los sectores de servicios esenciales señalados por la ley que, en verdad, no son 10 sino entre 15 y 20 servicios (todos los servicios de salud y sus departamentos, servicios de seguridad pública, controladores aéreos y control migratorio, transporte de servicios ferroviarios, marítimo, carga y descarga en muelles y atracaderos de todo tipo de mercancías, los servicios de transporte público remunerado de personas en la modalidad de autobús y tren, bomberos, servicios de atención de desastres y emergencias, servicios para garantizar el suministro de agua potable, servicios necesarios para asegurar el suministro de energía eléctrica,  así como averías, servicios necesarios de telecomunicaciones, los servicios indispensables para la importación, transporte, distribución y suministro de combustibles, la atención de averías que afecten los servicios descritos y el suministro en plantel a comercializadores o consumidores finales, servicios de comedores escolares y otros servicios de cuido de niños, adolescentes y adultos mayores y otras personas vulnerables, los servicios judiciales en materia laboral, autopsias y entrega de cuerpos y servicios médico forense).

3.- La mutilación y desaparición de la huelga en los servicios de “importancia trascendental”. En la ley  contra las huelgas se crearon 7 servicios denominados trascendentales en los cuales, para poder ir a huelga, los trabajadores tendrán que “garantizar su continuidad mediante el esquema de prestación de servicios mínimos de atención de personas usuarias”. Además de esa prestación de servicios mínimos en esos siete sectores, la huelga solamente podrá realizarse por 10 días naturales, o sea, 8 días efectivos. En otras palabras, el derecho a huelga en estos sectores se cercena y mutila, ya que además de tener que prestar servicios mínimos, la huelga se reduce a 8 días. Entonces, la huelga como “medida de presión” hacia la patronal pierde su importancia, efectividad y, por ende, ese derecho se convierte en una pantomima. En la práctica desaparece el derecho a huelga.

4.- La mutilación y desaparición de la huelga en el sector de educación. En un acuerdo espurio, tramposo y traidor negociado entre las dirigencias sindicales de APSE, ANDE y SEC, los neoliberales del PLN y dos ministros del gobierno de Alvarado, se inventaron la categoría de “carácter estratégico” a educación. Categoría que no existe en la normativa internacional de la OIT. La creación de ese engendro categorial tiene como objetivo imponer a los trabajadores mantener el “personal necesario para que cada centro educativo permanezca abierto y en condiciones básicas de aseo y seguridad”. También se impuso a los trabajadores de la educación poder realizar huelga solamente por un máximo de 21 días, es decir, a 9 días efectivos. En los hechos, el sector educación quedó como un servicio trascendental. La diferencia entre ambos es de un día de huelga. Por tanto, el derecho a huelga como medida de presión contra la patronal pierde importancia, efectividad y desaparece, convirtiéndose en una pantomima y remedo.

Por otra parte, un sector de trabajadores, llamado en el artículo 376 quinquies como “personal necesario” y de aseo y seguridad, de la educación no podrá ir a las huelgas de mentirillas puesto que quedó estipulado en el acuerdo tramposo entre neoliberales y los burócratas sindicales, ya que deberán de garantizar tener abierto, limpios y seguros los centros educativos.

5.- Huelga ilegal y rebajos de salarios de forma retroactiva. El articulo 379 de ese antisindical y anti obrero proyecto de ley señala que “… el rebajo de los salarios por el tiempo no laborado, en el caso de las huelgas que se declaren ilegales, procederá de forma retroactiva, desde el momento de la presentación de la solicitud de declaratoria de ilegalidad por parte del patrono…”. Este es un articulo disuasivo para aquellos trabajadores que se atrevan a realizar huelgas, ya que si lo hacen tendrán la espada de Damocles sobre ellos, en caso de declaración de ilegalidad de la huelga, ya que se le rebajarían sus salarios desde el mismo día en que comience la huelga. En otras palabras, los sectores de trabajadores en los que aún quede el derecho a huelga tendrán miedo de realizarla porque correrían el peligro de que sea declarada ilegal y sus salarios rebajados.

6.- La quimera de las huelgas legales. De acuerdo con el articulo 661 bis “Declarada la legalidad de la huelga en servicios públicos no esenciales y transcurridos ocho días naturales a partir de la firmeza de dicha declaratoria sin que las partes hubiesen alcanzado una solución al conflicto, o al menos un acuerdo para deponerla mientras continúan las negociaciones la parte patronal podrá solicitar al juez la suspensión de la huelga…”. Es decir, que de nada sirve que una huelga sea declarada legal, puesto que la patronal tendrá la potestad de solicitar, pasado 8 días naturales de dicha declaratoria, la suspensión de la huelga. De tal forma que, en los hechos, el derecho a huelga legal también es una pantomima y remedo, ya que la patronal se puede dar el lujo de no llegar a acuerdos ni ceder en ninguna de las peticiones de la parte sindical y esperar que transcurra 8 días para solicitar al juez la terminación de la huelga. Por tanto, las huelgas legales constituyen un gran engaño y una verdadera estafa de ese derecho de fundamental.

7.- La ampliación de requisitos para hacer huelga y trámite exprés de calificación de las huelgas. En el articulo 377 sobre los requisitos para realizar una huelga, los trabajadores o sindicatos se agrega el inciso c) de hacer por escrito un “aviso de huelga” con diversas especificaciones, con cinco días de anticipación, a la patronal con copia al ministerio de trabajo. Además, el tiempo para calificar y resolver el proceso huelguístico se reduce de forma significativa, todo con el objetivo de limitar aún más el derecho a huelga en aquellos sectores laborados en donde, en apariencia, aún quede en pie ese derecho.

8.- Disolución de sindicatos. No bastándoles la prohibición de las huelgas, los neoliberales avanzan aún más en sus ataques a las organizaciones sindicales al grado tal que, en el artículo 350, inciso f) plantean la disolución de los sindicatos en caso de que “Organizan o incitan a sus afiliados a realizar bloqueos en vías o en el acceso a instalaciones públicas o de servicios públicos, así como realizar sabotaje sobre bienes públicos o a llevar a cabo cualquier ilícito penal”.

En síntesis, con la inminente aprobación de ese proyecto de ley, el derecho fundamental de la huelga se extingue y desaparece en Costa Rica. Asimismo, ese proyecto es antidemocrático, ya que les elimina libertades y derechos políticos democráticos fundamentales a los trabajadores. Es un proyecto pro patronal abiertamente y descarado, puesto que favorece en todos los extremos a la parte patronal gubernamental y privada. Con su aprobación, a los neoliberales les queda despejado el camino para aprobar, sin oposición en las calles, las leyes que quieran a su gusto y antojo. De último, constituye un giro radical profundo, consumado en ley, en el régimen político, convirtiéndose en antidemocrático y autoritario, ya que traslada el régimen de dictadura patronal desde el sector privado al sector público. Es un cambio cualitativo en el carácter reaccionario del régimen.

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